Miembros de la Comisión Plenaria
Andrés Cortez Orozco, representante del MINAE
Poltronieri Ovares Francisco Javier, representante del ICE
Ana Martínez Charpentier, representante del AYA
Por definir, representante del CONARE
Jorge Boza Quesada, representante del Ministerio de SALUD
Jose Cárdenas Gutiérrez, representante del MAG
Marcela Sudasassi Vargas Representante del MOPT
Funciones
Dentro de sus funciones se encuentra:
- Aprobar o rechazar la viabilidad (licencia) ambiental de las evaluaciones de impacto ambiental de los proyectos, obras o actividades.
- Dar seguimiento a las viabilidades (licencias) ambientales.
- Aprobar o rechazar la viabilidad (licencia) ambiental de los planes reguladores, planes maestros ambientales u otra planificación de uso del suelo o del territorio que se haya presentado a la SETENA.
- Resolver los recursos legales, que se presenten contra las resoluciones administrativas.
- Emitir los criterios e informes técnicos que le sean requeridos por las autoridades del MINAE, u otras entidades competentes.
- Definir los lineamientos estratégicos y los objetivos a mediano y largo plazo de la SETENA.
- Interponer las denuncias penales ante los entes competentes.
- Resolver, en los casos que le compete, sobre las denuncias ambientales planteadas ante la SETENA.
- Analizar y aprobar, desde el punto de vista de la evaluación ambiental estratégica, los estudios y los mapas de zonificación de uso del territorio.
- Fijar según la actividad económica o productiva de que trate la actividad, obra o proyecto, el monto por concepto de garantías ambientales y el monto de los tractos, que deberá satisfacer el proyectista.
- Supervisar, dar seguimiento y vigilar el adecuado cumplimiento de las obligaciones a que se comprometen los desarrolladores antes, durante y después de concluida la actividad, obra o proyecto.
- Acordar y aplicar las acciones necesarias, para el cumplimiento de las sanciones establecidas en el ordenamiento jurídico, según se trate de desarrolladores o consultores ambientales.
- Establecer los mecanismos necesarios de coordinación y cooperación entre la SETENA y otras dependencias del Estado o cualesquiera otras personas e instituciones, a efectos de realizar las labores de monitoreo, seguimiento y supervisión de actividades, obras o proyectos.
- Conformar o crear comisiones internas técnicas en materia ambiental.
- Aprobar o rechazar las acciones estratégicas de la SETENA.
- Otorgar las audiencias privadas que en su defecto soliciten los usuarios de SETENA.
- Convocar las audiencias públicas que a criterio de la Comisión Plenaria se requieran.
- Aprobar el Manual de Procedimientos de la SETENA.
Según decreto: Decreto Nº 43212-MINAE: Reglamento de funcionamiento de la Comisión Plenaria de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.